Sin duda alguna, un tema que suele generar mucha polémica, miedo y enfados: Cómo poner fin a un Contrato de Alquiler. Aquí os explicamos todos los detalles para que si os pasa esto, ya seas propietari@ o inquilin@, sepas que las cosas se están haciendo bien.
CÓMO FINALIZAR UN CONTRATO DE ALQUILER
PONER FIN A UN CONTRATO DE ALQUILER.
Pero, para poder poner fin a un contrato de alquiler, lo primero es saber la duración que puede tener un contrato de alquiler según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y los nuevos decretos que se han aprobado este marzo de 2019 en materia de alquiler.
La duración de un contrato de alquiler suele ser de un año, pudiendo ser ampliado obligatoriamente hasta cinco años según el nuevo real decreto; y hasta siete en caso de que el arrendador sea persona jurídica. Pero en este artículo nos centraremos en el caso más normalizado, que es el de las personas físicas.
Por cierto, el Arrendador es el Propietario; y el Arrendatario es el Inquilino. Ya que no tienes por qué saberlo.
¿Qué significa eso de que puede ser ampliado obligatoriamente hasta 5 años? Pues sí, lo has entendido bien. Si los inquilinos están pagando religiosamente y no hay motivos, pueden extender su estancia en la vivienda hasta cinco años.
PERO, se puede dar la situación de que propietari@ o inquilin@, o dicho propiamente, arrendador o arrendatario, quieran ponerle fin al contrato antes de tiempo. Aquí están las claves para cumplir con la normativa vigente.
EL PROPIETARIO QUIERE PONER FIN A UN CONTRATO DE ALQUILER.
Sólo hay una forma de que el propietario pueda poner fin a un contrato de alquiler según cuenta la ley. Una vez cumplido el primer año de duración, en caso de que el propietario necesite la vivienda para él o ella mism@ de forma permanente, o para sus familiares más cercanos, incluyendo a su cónyuge en caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
En este caso, debería avisar a los inquilinos con al menos dos meses de antelación.
Y cuidado porque hay trampa. Porque cualquier propietari@ que quiera echar a sus inquilinos y lea esto pensará que ya tiene la forma de echarlos. CUIDADO; que si transcurridos tres meses desde la extinción del contrato, el o la propietari@ o sus familiares no han ocupado la vivienda, los inquilinos pueden solicitar volver a la vivienda con las mismas condiciones que estaban por un período de hasta tres años, e incluso pedir una indemnización por los gastos que les generó el desalojo de la vivienda en su momento.
EL PROPIETARIO QUIERE VENDER LA VIVIENDA.
Ahora entenderás el motivo de la famosa frase que dice “Si quieres vender la vivienda, no la alquiles”.
Poner la vivienda a la venta no es un motivo para echar a los inquilinos. ¿Por qué? Porque si el alquiler (arrendamiento) se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, el comprador de la vivienda tendrá que respetar el contrato vigente.
Otra cosa muy distinta es que el contrato NO esté inscrito en el Registro de la Propiedad; en ese caso sí que el nuevo propietario puede solicitar que se abandone la vivienda avisando con un razonable período de tiempo de tres meses.
Y, ¿por qué esa frase del principio? Porque si quieres vender tu vivienda y tienes inquilinos, no puedes obligarles ni a irse ni a que permitan que la gente visite la vivienda, puesto que un domicilio es inviolable y necesitas su consentimiento. Piensa que aunque la vivienda no sea de su propiedad, ellos están pagando su alquiler y eso hace que esa vivienda se convierta en su domicilio.
LOS INQUILINOS QUIEREN IRSE ANTES DE TIEMPO.
Esto ha de quedar claro. Cuando se firma un contrato de alquiler de un año o más, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), los inquilinos tienen la obligación de permanecer al menos seis meses en la vivienda, pudiendo abandonarla a partir de ese momento siempre que lo comuniquen con una antelación mínima de treinta días.
Si se da este caso, los inquilinos deben indemnizar al propietario o propietaria con una cantidad equivalente a un mes por cada año que quede de contrato. Aquí es importante lo que ponga en el contrato, porque normalmente si esto ocurre y así lo pone en el contrato, al menos ya sabes que la fianza la has perdido.
LOS INQUILINOS INCUMPLEN LAS NORMAS
Aunque nos parece alucinante que algunas personas no lo sepan, cuando alguien alquila una vivienda, lo normal es que la cuide como si fuera suya y pague su renta cada mes.
¿Qué ocurre si no se cumplen las normas? Pues que el o la propietari@ pueden rescindir el contrato; sin embargo, es una lástima que no sea tan fácil.
¿Cuáles son las causas de incumplimiento? No pagar la renta, subalquilar la vivienda, causar daños u obras en la vivienda sin el consentimiento del propietario, realizar actividades molestas o insalubres, y algunas cosas más.
Pero lo dicho, el propietario puede resolver el contrato, aunque eso no implica que pueda hacerlo inmediatamente. Estamos en España y la ley… deja un poquito que desear en estos aspectos. Si los inquilinos no quieren irse, el propietario debe dirigirse a un juzgado para tramitar dicha demanda y será un juez quien lo decida.
Y, para terminar con este artículo, aquí os dejamos una pregunta bastante frecuente aunque un poco fea.
¿QUÉ OCURRE SI FALLECIERA LA PERSONA QUE ALQUILÓ LA VIVIENDA?
Espero que no ocurra, pero si fallece la persona cuyo nombre figuraba como arrendatario en el contrato de alquiler, el contrato se subrogaría a:
- El cónyuge del arrendatario, si vivían juntos.
- La persona que convivía con él o ella los últimos dos años, aunque no fueran pareja.
- Los hij@s si dependían de dicha persona y vivían con él o ella.
- Los padres, hermanos o personas con una minusvalía superior al 65%, si vivían con él o ella durante al menos los últimos dos años.
Esperamos que os sirva de ayuda este artículo. Compartirlo para que mucha gente sepa esta información y no os engañen en algún aspecto, ya seas propietari@ o inquilin@.
¿Alguna vez has tenido algún problema de este tipo? ¿Has tenido que echar a los inquilinos de la vivienda? ¿El propietario te ha tratado mal o ha intentado incumplir la ley?
Nos importa mucho tu opinión. Compártela con nosotros en FACEBOOK. Tu experiencias son interesantes para que la gente no cometa esos errores.