Son muchas las noticias que se leen sobre la nueva ley hipotecaria que se aprobó el día 21 de febrero de 2019. Pero esta va a ser la que más os va a gustar; y la que mejor vais a entender. ¡Vayamos al grano!
NUEVA LEY HIPOTECARIA
Todo lo que debes saber
NUEVA LEY HIPOTECARIA - ¿Cuándo entra en vigor?
La nueva ley hipotecaria entra en vigor a finales de mayo. Tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que fue el 22 de febrero de 2019.
Esta nueva ley NO tendrá carácter retroactivo de forma general; es decir, no se aplicará a las hipotecas que ya están realizadas. PERO, NO SE COBRARÁ EN EL CASO DE NOVACIÓN; es decir, no te cobrarán en el caso de que no estés conforme con las condiciones que firmaste en su día y quieras cambiarlas.
Al igual que tampoco cobrarán a los clientes que tengan préstamos anteriores y quieran subrogar su hipoteca. Y como nos gustan las cosas claras, para quien no lo sepa, subrogar es cambiar de banco o cambiar de titular.
- ¿Qué beneficios tiene para las personas que quieran obtener una hipoteca con esta nueva ley?
NUEVA LEY HIPOTECARIA. – ¿Qué debemos pagar?
El principal beneficio y el que más nos importa a todos. Los costes; ¿qué debemos pagar nosotros cuando pidamos una hipoteca? Pagaremos únicamente la tasación, que suele tener un coste de 300 – 600 €. El banco se hará cargo de todo lo demás, que es: la gestoría, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), la notaría y los gastos del registro.
Hasta aquí es lo que cuentan en todas las noticias. Pero hay algo más. Nosotr@s podremos elegir al tasador que queramos, no al que nos impongan. Esto es muy bueno, porque antes el banco mandaba a sus tasadores y les podía dar órdenes del tipo: “tásalo a un precio bajo, que así damos menos hipoteca”; o al contrario.
NUEVA LEY HIPOTECARIA. – El beneficio del tiempo.
Efectivamente, nos dan más tiempo para poder pensar, resolver todas las dudas y entender bien el contrato que vamos a firmar. Concretamente, debemos tener el contrato como mínimo 10 días antes del día de la firma. Se acabó el que te lo expliquen todo rápido y firmar sin haber entendido nada.
NUEVA LEY HIPOTECARIA. – La nueva función del Notario.
Hasta ahora, cuando un cliente compraba una vivienda, sólo era necesario acudir al notario una vez. Ahora, con la nueva ley, habrá que acudir un mínimo de dos veces.
El cliente tendrá derecho a elegir al notario que prefiera. A la primera visita deberá ir sól@ (sin el banco), durante los 10 días previos a la firma, para que el notario le resuelva todas las dudas; y para asegurarse de que el banco le ha entregado toda la documentación necesaria.
En la segunda visita, acudirá el banco y se realizará la firma del contrato.
Y hasta aquí es lo que cuentan en muchas noticias… pero sigamos, que hay más.
NUEVA LEY HIPOTECARIA. – Otras novedades
Hay otras 5 novedades más que todos deberíamos saber:
1. Prohibición de las cláusulas suelo. En las operaciones con tipo de interés variable no se podrá fijar un límite a la baja. Eso sí, el interés mínimo se fija en el 0%, ya nunca podrá ser negativo.
2. Los bancos no podrán imponer sus productos vinculados. ¿Esto qué significa? Hasta ahora, lo normal es que al firmar la hipoteca, los bancos te “obligaban” de una forma muy educada a contratar su seguro de hogar, seguro de vida, tarjetas, etc… Con la nueva ley ya no podrán “obligarte”; eso sí, podrán hacer bonificaciones con descuentos en sus tipos de interés por los productos que se contraten, como ya hacen muchos bancos en la actualidad.
Para que quede bien claro este punto, los bancos seguirán ofreciendo sus productos vinculados. Pero ahora tú, como cliente, tienes derecho a presentar otras alternativas de otras compañías, y el banco en ningún momento podrá penalizarte por ello en las condiciones del préstamo. Esto es algo muy bueno, porque ahora al poder elegir libremente, las compañías posiblemente rebajarán sus precios y harán mejores ofertas.
3. La nueva ley protegerá más a los hipotecados en caso de embargo. Vamos a explicar este punto imaginando que tenemos una hipoteca de 20 años, y la dividimos en dos mitades, la primera mitad que son los primeros 10 años; y la segunda mitad que son los últimos 10 años.
Si dejamos de pagar durante los primeros 10 años, debe haber 12 meses de impago o el 3% para que te embarguen; mientras que antes con 3 meses ya procedían al desahucio.
Si se deja de pagar durante los últimos 10 años; debe haber un impago de 15 meses o el 7%, mientras que antes se procedía al desahucio con 12 meses de impago.
4. Los bancos pueden seguir cobrando una comisión de apertura del préstamo. Aquí cada banco hará lo que quiera. Unos cobrarán hasta un 2% y otros no cobrarán nada. Eso sí, la nueva ley hipotecaria permite cobrar esta comisión una sola vez; y en esta cantidad irán todos los gastos de estudio, tramitación y concesión del préstamo u otros similares.
5. Se modifican las comisiones de amortización anticipada, es decir, las comisiones por querer terminar con la hipoteca antes de tiempo. Para ser más exactos, bajan a la mitad. Para hipotecas de tipo fijo, serán del 2% durante los primeros 10 años y del 1,5% después. Para hipotecas de tipo variable, el cliente debe elegir entre amortización a 3 años con unas comisiones de 0,25%; o a 5 años con unas comisiones del 0,15%.
Y aquí está todo lo que debes saber sobre la Nueva Ley hipotecaria que tendremos en vigor en breves.
Te agradeceríamos que compartieras este artículo y nos dejaras un comentario. ¿Qué opinas? ¿Te parecen buenas medidas? ¿Crees que los bancos se cobrarán por otro lado todos esos gastos que deben hacer al principio? ¿Crees que esto provocará que se anime más gente a comprar viviendas?
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